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Lunes, 21 de mayo de 2012 |
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  Año IX / Número 3.032                           Suscríbete a nuestro boletín
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Por los cambios legislativos en esos países
Los hijos de inmigrantes ecuatorianos y chilenos ya no tendrán la nacionalidad española por nacimiento
Los hijos de los inmigrantes y los chilenos ya no pueden obtener la nacionalidad española de origen, que se reconoce por el mero hecho de nacer en el país, según una circular de la Dirección General de los Registros y del Notariado recogida por Europa Press en la que se especifica que "no se resolverán favorablemente" los expedientes incoados para este fin.
Actualizado 6 abril 2009  
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EP/Diarioexterior.com   
Según explica la circular, esta medida tiene su origen en los cambios legislativos emprendidos en Ecuador y en Chile, que han modificado recientemente sus Constituciones y que en la actualidad, reconocen la nacionalidad a los hijos de sus compatriotas sólo por el hecho de serlo y aunque hayan nacido en un país extranjero.

En la actualidad, el Código Civil reconoce que son españoles de origen "los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieren de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad", porque entiende que de este modo, el neonato se encuentra en situación de apatridia.

Sin embargo, con las modificaciones legales de Ecuador y Chile, los hijos de estos inmigrantes son considerados ecuatorianos y chilenos, respectivamente, desde el momento del nacimiento, por lo que el Estado no tiene que proteger al recién nacido concediéndole su nacionalidad, obligación que sí está vigente con otras nacionalidades por imperativo de la Convención de los Derechos del Niño.

Este es el caso de los hijos de brasileños que hayan nacido en España. Según la Dirección General de los Registros y del Notariado, que pretende aclarar las "numerosas y frecuentes dudas" en torno a la nacionalidad en origen, dado que Brasil impone como "requisito imprescindible" que se inscriva al recién nacido en el Registro Civil de aquel país, los neonatos sí podrán ser declarados españoles cuando sea España su lugar de nacimiento.

Según datos del Ministerio de Trabajo e Inmigración, a 31 de diciembre de 2008 vivían en España un total de 421.527 ecuatorianos, de los que 352.008 tienen entre 16 y 64 años de edad. En cuanto a los chilenos, a misma fecha sumaban 26.906 ciudadanos, de los que 23.949 son población activa.
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