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Jueves, 17 de mayo de 2012 |
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Seguridad jurídica a propietarios
Entra en vigor la ley que agilizará el procedimiento para echar a los inquilinos morosos
Entra en vigor la nuea ley de alquiler.
Este jueves 24 de diciembre ha entrado en vigor la Ley de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler que, entre otros puntos, da seguridad jurídica a los propietarios para recuperar la vivienda ocupada por inquilinos morosos.
Actualizado 24 diciembre 2009  
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EP/José Ferruzca   
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El Ministerio de Vivienda ha informado que este jueves entra en vigor la Ley de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y eficiencia energética de los edificios que, entre otros puntos, incluye el llamado “desahucio express” para mejorar la “seguridad jurídica” de los propietarios de viviendas en alquiler “sin menoscabo de los derechos de los inquilinos de buena fe”.
 
De acuerdo con el ministerio, la normativa pretende impulsar un amplio mercado del alquiler porque, considera, “la existencia de un gran número de viviendas desocupadas es contradictorio e inaceptable dadas las necesidades de una parte importante de la población”.
 
La nueva ley viene a modificar la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley de Enjuiciamiento Civil para impulsar el desarrollo del mercado del alquiler, y la Ley de Propiedad Horizontal, para facilitar acciones que mejoren la eficiencia energética de los edificios.
 
Respecto a la Ley de Arrendamientos Urbanos, la nueva normativa amplía los supuestos en los que no procede la prórroga obligatoria del contrato de alquiler. Así, al supuesto en el que el propietario necesite ocupar la vivienda para uso propio se añade ahora la posibilidad de que la requiera para sus hijos, sus padres y su pareja en el caso de sentencia judicial firme de divorcio o nulidad matrimonial.
 
Además, destaca Vivienda, los cambios introducidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil están encaminados a facilitar que los arrendadores puedan recuperar su vivienda de modo rápido y sencillo en caso de incumplimientos graves del pago del alquiler, sin que esto menoscabe los derechos de los inquilinos.
 
En ese sentido, se suprimen los trámites y se reducen los plazos en los procedimientos impiden que se prolongue en el tiempo la incertidumbre sobre la resolución del conflicto, sin que con ello se vean alteradas sus garantías procesales. Adicionalmente, destaca el ministerio, se contarán con mecanismos más eficaces para la agilización de los procesos. El objetivo es incrementar la confianza de las partes y contribuir así a la reducción de precios y a evitar la exigencia de garantías excesivas (avales y fianzas)”.
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